Plazos de la Ley 2/2023: fechas clave del canal de denuncias
Muchas empresas siguen pensando que 'aún hay tiempo' para implantar el canal de denuncias. No es así: los plazos ya vencieron. Repasamos todas las fechas que debes conocer.

- Empresas de +250 trabajadores: obligatorio desde el 13/06/2023.
- Empresas de 50 a 249: obligatorio desde el 01/12/2023.
- Acuse de recibo al informante en un máximo de 7 días.
- Respuesta sobre las actuaciones en un máximo de 3 meses.
Desde cuándo es obligatorio tener el canal
La ley estableció dos fechas según el tamaño de la empresa, y ambas están vencidas:
- Empresas de 250 o más trabajadores: obligatorio desde el 13 de junio de 2023.
- Empresas de 50 a 249 trabajadores: obligatorio desde el 1 de diciembre de 2023.

Es decir, en 2026 toda empresa obligada que no tenga canal está en situación de incumplimiento, con el riesgo de sanción que ello implica.
Plazos en la gestión de cada denuncia
Además del plazo para implantar el canal, la ley fija plazos para tramitar cada comunicación:
- Acuse de recibo al informante: máximo 7 días naturales desde la recepción.
- Respuesta sobre las actuaciones realizadas: máximo 3 meses (ampliable a 6 en casos de especial complejidad).
Un buen software de canal de denuncias te ayuda a controlar estos plazos automáticamente.
Qué hacer si aún no lo tienes
Cada día cuenta. La regularización es rápida: puedes activar tu canal conforme en unos 10 minutos y empezar gratis. Si quieres entender el alcance de la obligación, lee quién está obligado y las sanciones por no tenerlo.
Preguntas frecuentes
¿Hay una prórroga para las pymes?
No. Los plazos para las empresas de 50 a 249 trabajadores vencieron el 1 de diciembre de 2023.
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